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ACTUALIZACIÓN COMUNICADO Nº 30MODIFICACIÓN EN LOS CRITERIOS DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DIRECTAS DE LA GVA POR REDUCCIÓN DE JORNADA PARA CONCILIAREl Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado hoy una modificación del decreto Decreto 58/2020 que concede ayudas directas a las personas trabajadoras que se han acogido a la reducción de jornada (en un 50% o más) para atender a familiares como consecuencia directa de la COVID-19 con el objetivo de compensar su disminución de ingresos, y del que ya os informamos en nuestra CIRCULAR 30 la pasada semana. Esta modificación se puede consultar ahora en el DECRETO 61/2020, de 15 de mayo, del Consell, de modificación del Decreto 58/2020, de 8 de mayo, de aprobación de bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a trabajadores y trabajadoras acogidos a una reducción de jornada a consecuencia de la Covid-19. Tras la modificación, LOS REQUISITOS para optar a la ayuda son los siguientes: a) Figurar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social (Nota: tanto los trabajadores por cuenta ajena como los socios trabajadores que coticen en dicho régimen). b) Haberse acogido a la reducción de jornada durante el periodo del estado de alarma en un porcentaje igual o superior al 50%, y mantener esta reducción durante al menos un mes. c) Tener el domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana. CUANTÍA DE LA AYUDA
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Debido a esta modificación, el plazo de presentación de solicitudes se amplía ahora hasta el día 9 de junio de 2020. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Se puede consultar en el siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20973 Además, Labora ha habilitado el correo electrónico concilia_labora@gva.es para resolver las dudas que puedan surgir sobre esta ayuda. Asimismo, en su canal de YouTube se puede consultar un vídeo con la información más relevante (ver aquí) |
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