COMUNICADO Nº 53
NUEVO PAQUETE DE AYUDAS DIRECTAS AL SECTOR TURÍSTICO VALENCIANO
EN EL MARCO DEL PLAN RESISTIR
Se ha publicado en el DOGV el DECRETO 21/2021, de 5 de febrero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de ayudas a profesionales del sector turístico y empresas turísticas por la Covid-19, un nuevo paquete de ayudas directas para el sector turístico por valor de 18 millones de euros que llegarán a 5.000 empresas dedicadas al alojamiento, agencias de viajes, restaurantes, festivales de música y otras empresas.
BENEFICIARIOS
Profesionales del sector turístico y empresas turísticas que desarrollen sus actividades en la Comunitat Valenciana, cualquiera que sea su naturaleza jurídica (incluidas las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de asociación entre personas físicas sin personalidad jurídica).
REQUISISTO
Reunir alguna de las siguientes condiciones:
- a) Ser titular de un establecimiento de alojamiento turístico inscrito en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana. Se considerarán beneficiarias las personas físicas o jurídicas propietarias o explotadoras de establecimientos hoteleros, campings, bloques y conjuntos de apartamentos turísticos, empresas gestoras de viviendas de uso turístico y de alojamientos rurales de la Comunitat Valenciana.
- b) Ser titular de una agencia de viajes inscrita en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.
- c) Estar adherida a alguno de los siguientes programas de política turística promovidos por Turisme Comunitat Valenciana:
- CreaTurisme
- SICTED
- L’Exquisit Mediterrani
- Mediterranew Musi
Y, en el caso de que sea una persona jurídica la que solicite debe, además, cumplir lo siguiente:
- Estar dada de alta en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
- Tener domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
- No incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, que incluye la de no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
COMPATIBILIDAD
Son compatibles con otro tipo de ayudas o ingresos y recursos, siempre que no supere el coste de la actividad subvencionada.
MONTANTE ECONÓMICO
Consultar cada caso en el Art. 6 del DECRETO
TRAMITACIÓN Y GESTIÓN
De la tramitación y gestión de estas ayudas se encarga Turisme Comunitat Valenciana.
PLAZO DE SOLICITUD
Desde las 12.00 h del 22 de febrero de 2021 y hasta las 12.00 horas del 22 de marzo de 2021.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
- La presentación será telemática y requerirá que la persona solicitante disponga de firma electrónica avanzada.
- Solo se admitirá una solicitud por persona o entidad solicitante salvo que esta tenga más de un establecimiento inscrito en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana, supuesto en el que podrá presentar una solicitud por establecimiento.
- Todo lo relativo al acceso para la tramitación, así como la documentación y formularios a presentar viene relacionado en los artículos 7 y 8 del DECRETO.
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
- Destinar las ayudas recibidas a cubrir los gastos corrientes de la actividad realizada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 y tendrán que ser justificados previo requerimiento de Turisme Comunitat Valenciana.
- Mantener la actividad económica durante seis meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
|