COMUNICADO Nº 53

NUEVO PAQUETE DE AYUDAS DIRECTAS AL SECTOR TURÍSTICO VALENCIANO

 

EN EL MARCO DEL PLAN RESISTIR


Se ha publicado en el DOGV el DECRETO 21/2021, de 5 de febrero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de ayudas a profesionales del sector turístico y empresas turísticas por la Covid-19, un nuevo paquete de ayudas directas para el sector turístico por valor de 18 millones de euros que llegarán a 5.000 empresas dedicadas al alojamiento, agencias de viajes, restaurantes, festivales de música y otras empresas.

 

BENEFICIARIOS

Profesionales del sector turístico y empresas turísticas que desarrollen sus actividades en la Comunitat Valenciana, cualquiera que sea su naturaleza jurídica (incluidas las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de asociación entre personas físicas sin personalidad jurídica).

 

REQUISISTO

Reunir alguna de las siguientes condiciones:

  • a) Ser titular de un establecimiento de alojamiento turístico inscrito en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana. Se considerarán beneficiarias las personas físicas o jurídicas propietarias o explotadoras de establecimientos hoteleros, campings, bloques y conjuntos de apartamentos turísticos, empresas gestoras de viviendas de uso turístico y de alojamientos rurales de la Comunitat Valenciana.
  • b) Ser titular de una agencia de viajes inscrita en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.
  • c) Estar adherida a alguno de los siguientes programas de política turística promovidos por Turisme Comunitat Valenciana:
    • CreaTurisme
    • SICTED
    • L’Exquisit Mediterrani
    • Mediterranew Musi

Y, en el caso de que sea una persona jurídica la que solicite debe, además, cumplir lo siguiente:

  • Estar dada de alta en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • Tener domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
  • No incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, que incluye la de no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

 

COMPATIBILIDAD

Son compatibles con otro tipo de ayudas o ingresos y recursos, siempre que no supere el coste de la actividad subvencionada.

 

MONTANTE ECONÓMICO

Consultar cada caso en el Art. 6 del DECRETO 

 

TRAMITACIÓN Y GESTIÓN

De la tramitación y gestión de estas ayudas se encarga Turisme Comunitat Valenciana.

 

PLAZO DE SOLICITUD

Desde las 12.00 h del 22 de febrero de 2021 y hasta las 12.00 horas del 22 de marzo de 2021.

 

FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

  • La presentación será telemática y requerirá que la persona solicitante disponga de firma electrónica avanzada.
  • Solo se admitirá una solicitud por persona o entidad solicitante salvo que esta tenga más de un establecimiento inscrito en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana, supuesto en el que podrá presentar una solicitud por establecimiento.
  • Todo lo relativo al acceso para la tramitación, así como la documentación y formularios a presentar viene relacionado en los artículos 7 y 8 del DECRETO.

 

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

  • Destinar las ayudas recibidas a cubrir los gastos corrientes de la actividad realizada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 y tendrán que ser justificados previo requerimiento de Turisme Comunitat Valenciana.
  • Mantener la actividad económica durante seis meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

 




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