Si la cooperativa se encuentra en la situación en la que supera el límite del 10% de trabajadores con contrato indefinido y desea mantener dicho puesto de trabajo, puede ofrecer a éste la posibilidad de ser socio, si el trabajador renuncia por escrito a su incorporación como tal podrá continuar como contratado indefinido.
La ley permite que la cooperativa pueda tener tantos contratados indefinidos con renuncia como socios haya en la cooperativa.
Tampoco computarán como asalariados indefinidos con los límites legales: para el caso de la incorporación de contratados indefinidos por subrogación legal, los contratados para ser puestos a disposición de empresas usuarias cuando la cooperativa actúa como empresa de trabajo temporal y de los contratados discapacitados, salvo que la cooperativa sea de integración social.
Otra opción posible es solicitar a la administración autorización expresa para superar el límite legal, dicha autorización requerirá el informe favorable de la Consejo Valenciano del Cooperativismo.
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