Las cooperativas han de llevar una contabilidad ordenada y adecuada a su actividad con arreglo al Código de Comercio, ajustándose a los principios y criterios establecidos en el Plan General Contable. De acuerdo con esto, la documentación contable que en la actualidad deberá llevar es la siguiente: Libro de inventarios y balances (balance inicial detallado y balances de comprobación de sumas y saldos); las cuentas anuales [balance de situación, de pérdidas y ganancias y estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo (no es obligatorio para las cooperativas de trabajo asociado que puedan formular balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria abreviados)] y, por último el Libro diario.
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