Logo FEVECTA
formas

LA RESPUESTA MÁS CORTA A LAS DUDAS MÁS FRECUENTES

¿Qué hay que hacer para otorgar poderes o delegar facultades en algún miembro del Consejo Rector?

El acuerdo lo podrá adoptar el propio Consejo Rector de la cooperativa. Habrá que hacer una certificación por el secretario con el visto bueno del presidente y deberá inscribirse en el registro de cooperativas en el plazo de un mes desde que se adopta, pero sin necesidad de formalizarlo en escritura pública. Hay determinadas facultades que son indelegables (las establecidas en el artículo 47.2 de la ley), por lo que deberá hacerse constar dicha circunstancia en la certificación del acuerdo.

Si lo que hace la cooperativa es designar a un director puede al mismo tiempo otorgarle poderes, y en este caso el acuerdo si deberá formalizarse en escritura pública.

FEVECTA facebook FEVECTA linkedin FEVECTA X FEVECTA youtube FEVECTA tiktok FEVECTA instagram
Fedérate
FEVECTA, Federació Valenciana d'Empreses Cooperatives de Treball Associat

VALENCIA
Arzobispo Mayoral,11 bajo
46002 Valencia
Tels. 963 52 13 86 / 963 51 50 29
fevecta@fevecta.coop

CASTELLÓN
Císcar, 39 bajo
12003 Castellón
Tels. 964 72 23 54 / 609 608 512
cast@fevecta.coop

XÀTIVA
Cardenal Serra, 6 bajo
46800 Xàtiva (Valencia)
Tel. 663 156 947
comarques@fevecta.coop

ALICANTE
Bono Guarner, 6 bajo
03005 Alicante
Tels. 965 13 38 53 / 609 610 253
alic@fevecta.coop

AVISO LEGAL

Esta página ha recibido
financiación de:
Consellería de Educación, Universidades y Empleo