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Se publican ayudas para compensar el abono de cuotas a la Seguridad Social tras percibir el Pago Único

Este martes, 2 de julio, se ha publicado en el DOCV una Orden de ayudas con el objeto de subvencionar las cuotas de la Seguridad Social (Régimen general o Autónomos) de aquellos socios y socias que en su incorporación a la cooperativa:

1. Hubiesen obtenido la prestación por desempleo de nivel contributivo en su modalidad de pago único por el valor actual del total de la prestación.

Y

2. Que en el periodo entre enero y septiembre de 2014 (o en parte del mismo) hubiesen estado percibiendo la prestación por desempleo de no haberla recibido como pago único.

La cantidad subvencionable de las cuotas entre enero y septiembre de 2014 es:

  • Bien el 50% de la cuota de autónomo calculada sobre la base mínima de cotización.
  • Bien el 100% de la aportación del trabajador a la seguridad social, si se optó por un régimen distinto al de autónomos (general u otro).

El plazo para solicitar la ayuda es desde hoy y hasta el 31 de octubre de 2014.

Texto íntegro de la convocatoria en http://www.docv.gva.es/datos/2014/07/02/pdf/2014_6130.pdf

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