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LA RESPUESTA MÁS CORTA A LAS DUDAS MÁS FRECUENTES

¿Es necesario formalizar en escritura pública la renovación del Consejo Rector?

Con la normativa actual no es necesario otorgar escritura pública por la renovación del Consejo Rector (aprobado por la asamblea general). Sí que es requisito imprescindible legitimar las firmas de los consejeros con facultad certificante (Presidente y Secretario). Para legitimar las firmas puede hacerse por un Notario, con lo cual sí que habría que elevar a público el acuerdo, o bien por el propio Registro de cooperativas, pero en este caso deberá presentarse junto al acuerdo el DNI del presidente y del secretario para que pueda comprobarse que las firmas que aparecen en la certificación se corresponde con su DNI.

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